lunes, 18 de febrero de 2019

Burgos, entre dos centenarios (1921-2021)

PRIMERO EL AGUA, LUEGO LA LUZ (I)

Como arranque, una declaración muy personal: soy un declarado, permanente y entusiasta amigo del agua. Sí, sí…, del agua corriente. De los cuatro elementos que sustentan la  vida  en  el  planeta,  y por encima de los otros tres -aire, fuego y tierra- el agua constituye siempre mi compañera y muchas veces me ayuda y en ocasiones me consuela. Manías de siempre, agudizadas por la edad.

En el orden  médico-sanitario, y en reiterada declaración de los expertos, las aguas debidamente tratadas, cloradas y ordenadamente distribuidas, han supuesto el mismo beneficio para la Humanidad que todas las medicinas juntas. En mi niñez, cuando todavía el agua corriente no pertenecía al común de los humanos -me estoy refiriendo a España, claro-, la disentería era un riesgo cierto y las personas se defendían huyendo del agua, tratándola indebidamente o recurriendo a líquidos envasados de manantiales de garantía.

En 1892 Burgos escuchó la llamada del agua y creó la Compañía de Aguas de Burgos, que en su primera memoria de la Junta General de Accionistas, el 9 de diciembre de 1894, se refería a “los medios que pueden emplearse para dar a la explotación actual las debidas condiciones de seguridad y desarrollo”. 


Los Estatutos de la Compañía, aprobados el 11 de febrero de 1891 y sometidos a las variaciones acordadas el 27 de diciembre de 1913 y el 23 de junio de 1935, consolidaban “lo declarado en la escritura pública otorgada en esta ciudad el 20 de septiembre de 1889, por la cual quedaba constituida con la denominación de Compañía de Aguas de Burgos, una sociedad bajo la forma de compañía anónima por acciones, con domicilio fijado a todos los efectos legales en la ciudad de Burgos y con el objeto de”:

1. Realización de toda las obras necesarias para la conducción a esta ciudad de Burgos del caudal de aguas derivado del río Arlanzón en las inmediaciones de Villasur de Herreros, concedido por la R.O. de 19 de agosto de 1889, inserta en la Gaceta del 29 del mismo mes y año. 
2. La distribución y  explotación de dichas aguas para que puedan ser utilizadas como potables, así como para riegos, limpieza, incendios y fuerza motriz y todas las demás aplicaciones y usos a que puedan destinarse.
3. Como consecuencia del objeto a que se refiere el número anterior, la Compañía de Aguas de Burgos dedicará también, de la fuerza motriz de que pueda disponer, la que conceptúe necesaria para la producción del alumbrado eléctrico, ejecutando las obras conducentes al efecto y explotando este servicio por administración, cesión o arrendamiento. 
4. Se fija en 99 años, a contar desde 31 de agosto de 1889, en que se comunicó la R.O. de concesión, el tiempo de duración de la sociedad, por ser este el plazo por el cual otorga el Estado la concesión de esta clase de servicio según la legislación vigente en la actualidad.

Los términos de la duración de la concesión provocaron la solicitud de un dictamen jurídico, requerido al letrado doctor Tomás Alonso de Armiño, quien  explicitó en las disposiciones legales el 22 de noviembre de 1929: “Hay insuficiencia notoria para dar por resuelta de modo indiscutible e inconcuso la duda que origina la consulta y que a su juicio el plazo de 99 años al que se refiere la base 5ª de la Real Orden que autorizó a D. Federico Fernández Izquierdo (primer director de la compañía de Aguas se Burgos) para derivar 100 litros de agua por segundo del río Arlanzón, con destino al abastecimiento de la ciudad de Burgos, debe empezar a contarse desde que, terminados dentro del plazo fijado por la Real Orden las obras necesarias al efecto, empezó el aprovechamiento y disfrute de la concesión”.

Acción al portador de 500 pesetas sobre una emisión 3.000.000, de la
Compañía de Aguas de Burgos, emitida el 1 de octubre de 1935.


Precisamente en el año 1929 se abordó la municipalización del servicio de aguas de Burgos, cuya memoria detallada presentó la Comisión de las Cámaras de Comercio e Industria, de la Propiedad Urbana y de la Asociación de Fomento de Turismo, que nombró como representantes a Pedro Jesús García de los Ríos, Decano del Colegio de Abogados, Luis Rodríguez Arango, Ingeniero de Caminos, y José Calleja, Arquitecto. Ellos, a su vez designaron una ponencia formada por los Ingenieros de Caminos señores Vedoya y Rodríguez Arango, y a proposición de la Corporación Municipal, los señores Holguera, Herrera y Calleja, formulando el señor García de los Ríos un voto particular.

Estamos al final de los años 30 y, como veremos  próximamente, se constituirá el Servicio de Aguas municipales en Consejo del 24 de agosto de 1958.

(Publicado en Diario de Burgos, 17 de febrero de 2019)

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